Por lo visto, aún quedan cavernícolas en este pueblo que se dedican a disparar a los gatos con escopetas de perdigones. Quiero recordarles que, según la ley vigente, solo se permite el tiro con carabinas de aire comprimido sobre dianas, en galerías de tiro y espacios habilitados para tal efecto; por tanto, está terminantemente prohibido disparar contra cualquier animal, bajo multa.
Por otra parte, según la reciente Ley de Bienestar Animal, es una infracción gravísima matar a perros o gatos de forma deliberada, bajo pena de prisión de hasta 24 meses o multa de 50.000 a 200.000€.
Como apelar a la conciencia o sensibilidad de estos energúmenos sería predicar en el desierto, solo me queda apelar a su bolsillo.
Aceves
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