La Orden AYG/601/2005, de 5 de mayo, establece la obligatoriedad de vacunación de los animales que no hayan sido vacunados durante el año anterior y tengan más de tres meses de edad el día treinta y uno de Octubre del año correspondiente a la campaña.
SEGÚN LA ORDEN AYG/601/2005 NO SE PODRÁ VACUNAR NINGÚN PERRO QUE NO ESTÉ IDENTIFICADO MEDIANTE MICROCHIP.
SÁBADO: 10 de AGOSTO, DE 10:00 A 12:00
LUGAR: PLAZA DE TOROS DE PEDRAJAS
Virginia Bayona García.
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